Todos debemos conocer las prohibiciones más importantes que impone esta nueva Ordenanza:
Queremos hacer saber a toda la población de Monte Maíz que a partir del día 12 de Septiembre de 2015, bajo el Decreto Municipal N° 92/2015, queda en PERFECTA VIGENCIA la Ordenanza que regula la utilización de AGROQUÍMICOS dentro del Ejido Municipal.
Todos debemos conocer las
prohibiciones más importantes que impone esta nueva Ordenanza:
° No se podrá usar NINGUN tipo de
Agroquímico dentro de la Zona Urbana y hasta un límite de 500 mts contados a
partir de la última casa habitada, quedando establecida la llamada ZONA DE RESGUARDO AMBIENTAL. Esto implica que
tampoco se podrá pulverizar con agroquímicos los valdíos, veredas, patios y espacios públicos.
° Queda terminantemente prohibido
dentro de la Zona de Resguardo la circulación, lavado y guarda de todo tipo de maquinarias utilizadas para
la aplicación de Agroquímicos.
° Queda terminantemente prohibido el
ALMACENAMIENTO de cualquier tipo de agroquímicos en lugares no habilitados para
tal fin (por ej; garajes, tinglados, galpones) dentro de la Zona Urbana. No
obstante esto, los locales que cuentan con Habilitación, tendrán un año de
plazo para reubicarse en la Zona que establecerá el nuevo plan de Reordenamiento
Urbano.
Todo vecino tiene DERECHO a DENUNCIAR cualquier falta o violación a
estas cláusulas de la Ordenanza. Pueden hacerlo por escrito o llamando al
número de la oficina de Medio Ambiente Municipal 15412650 que estará disponible las 24 hs.
Cabe aclarar que se reservará la
identidad del denunciante.
ES
IMPORTANTE QUE TODOS DEFENDAMOS ESTA
ORDENANZA QUE FUE CREADA PARA PROTEGER
EL AMBIENTE EN QUE VIVIMOS Y CUIDAR LA SALUD DE TODOS LOS HABITANTES.
RED
DE PREVENCION AMBIENTAL