La estrategia oficial es que se unifiquen todas las causas de amparos y que la corte los resuelva en “per saltum” para ahorrar tiempo. en la corte, dicen que los jueces prefieren evitar el “per saltum”. el fallo de cámara que frenó el tarifazo en córdoba sería una opción.
Ordenó retrotraer tarifas al 31 de marzo. La empresa compensaría en las próximas facturas.
La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba suspendió ayer la aplicación del tarifazo en el servicio de gas natural en toda la provincia y generó un cimbronazo en la estrategia judicial del Gobierno nacional, que aspiraba a que la Corte Suprema resolviera los miles de amparos de todo el país en per saltum.
La Justicia ordenó retrotraer los precios al 31 de marzo y dispuso que Ecogas debe refacturar todas las boletas impagas o compensar al usuario que ya pagó los aumentos. La empresa no precisó cómo implementará la medida. En toda la provincia, Ecogas debe refacturar y compensar al usuario. No informó cómo lo hará.
La sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba revocó el fallo del juez Ricardo Bustos Fierro y ordenó retrotraer al 31 de marzo el aumento tarifario del gas natural, medida cuyo alcance se extiende por tres meses en todo el ámbito provincial.
Con la decisión del tribunal que componen los magistrados Luis Roberto Rueda y Abel Sánchez Torres, los usuarios que ya pagaron podrán solicitar el recálculo del costo del servicio y la devolución de importes, en tanto que quienes reciban facturas con aumento deberán descartarlas hasta tanto les lleguen otras boletas.
El nuevo escenario unifica las situaciones existentes con amparos, incluso contradictorios entre sí, en los juzgados federales de Río Cuarto, Villa María y Córdoba capital, y devuelve el expediente a Bustos Fierro para que avance con el fallo de fondo de la controversia.
A pedido del Gobierno nacional, sin embargo, la Corte Suprema podría eventualmente pronunciarse antes de que concluya el plazo fijado sobre la correspondencia o no del aumento de las tarifas del gas.
La Cámara Federal de Córdoba resolvió en favor de la cautelar patrocinada por el abogado Horacio Viqueira en el caso “Bustos, Rebeca Andrea y otro contra el Estado nacional”, donde están incluidos Ecogas y el Ente Nacional Regulador (Enargas).
Con este pronunciamiento, las tarifas en toda la provincia de Córdoba vuelven a los valores del 31 de marzo pasado, pero los tres meses de plazo (el máximo que permite la ley) se cuentan a partir de ayer, con lo cual, de no mediar la resolución del fondo de la disputa, quedarán incluidos todos los consumos del semestre abrilseptiembre.
“Está demostrado que la refacturación es muy sencilla, no demora más de tres días. El usuario, si ya pagó, debe controlar que le refacturen a esa fecha con la devolución del importe que puede ser en consumo, y quien no recibió la boleta, debe esperarla con el costo anterior del servicio”, explicó anoche una fuente de la Justicia Federal con acceso al expediente.
La distribuidora de gas también quedó impedida de cortar el suministro por causa de falta de pago de las boletas que incluyen los incrementos cuestionados.
Justo antes de que se conociera la resolución, Ecogas había difundido un comunicado para explicar cómo se cobrarían las facturas en dos cuotas. Tras la medida, la empresa no brindó ningún tipo de precisión sobre el modo en que hará efectivo el fallo judicial.
Viqueira, por su parte, consideró que la decisión de la Cámara hace lugar a “garantías constitucionales que han sido tremendamente vulneradas”, dijo. BUENOS AIRES. La decisión de la Sala II de la Cámara Federal de Córdoba de suspender por tres meses la aplicación de los aumentos en las tarifas del gas podría permitirle a la Corte Suprema de Justicia resolver ese caso mediterráneo y evitar un pronunciamiento sobre los per saltum que sobre el tema presentó el Gobierno nacional.
Ese es el motivo por el que la noticia procedente de los tribunales cordobeses tuvo ayer una inicial buena acogida en el cuarto piso del Palacio de Tribunales porteño, donde tienen sus despachos los ahora cuatro ministros y que el viernes pasado habían empezado a interiorizarse en los fundamentos de los per saltum.
Todavía no hay una posición tomada sobre qué camino seguir, lo que podría estar hoy en la agenda de su habitual reunión semanal de los martes. Pero lo cierto es que el fallo de la Cámara cordobesa podría abrir el camino para un recurso extraordinario que después de ascender la escalera judicial terminaría en la Corte en un plazo de alrededor de un mes, estimó ante este diario una fuente del máximo tribunal.
El plazo de un mes no parece ser demasiado laxo para los tiempos de la Corte e incluso para los de la Casa Rosada, toda vez que hasta la semana pasada se evaluaba allí un pronunciamiento más temprano que tarde sobre los per saltum: antes del inicio de las vacaciones de invierno, el 18 de este mes, con sus cuatro miembros (tras la incorporación de Horacio Rosatti); o finalizadas las mismas, el 8 de agosto, a punto de contar también con el quinto ministro, Carlos Rosenkrantz.
Salto no deseado Pero si los pasos judiciales que se abrieron ayer en Córdoba desembocaran en un recurso extraordinario ante la Corte Suprema en alrededor de un mes (llegaría hacia el final de la feria), el máximo tribunal contaría con la ventaja de pronunciarse sobre el tarifazo a partir de ello y no de los per saltum. “Este es un recurso que tiene mala prensa en Argentina”, dijo la fuente.
Es que sería la segunda vez que la Corte se pronunciaría sobre un asunto que le llega vía per saltum desde la reglamentación legislativa de ese instituto jurídico, en noviembre de 2012. Aunque esta vez sobre un tema de muchísima mayor sensibilidad social (el tarifazo) que el primero, cuando a mediados de 2013 declaró inconstitucionales cambios en el Consejo de la Magistratura impulsados por el gobierno de Cristina Fernández como parte de su reforma del Poder Judicial. Fuente:LaVoz
Ordenó retrotraer tarifas al 31 de marzo. La empresa compensaría en las próximas facturas.
La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba suspendió ayer la aplicación del tarifazo en el servicio de gas natural en toda la provincia y generó un cimbronazo en la estrategia judicial del Gobierno nacional, que aspiraba a que la Corte Suprema resolviera los miles de amparos de todo el país en per saltum.
La Justicia ordenó retrotraer los precios al 31 de marzo y dispuso que Ecogas debe refacturar todas las boletas impagas o compensar al usuario que ya pagó los aumentos. La empresa no precisó cómo implementará la medida. En toda la provincia, Ecogas debe refacturar y compensar al usuario. No informó cómo lo hará.
La sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba revocó el fallo del juez Ricardo Bustos Fierro y ordenó retrotraer al 31 de marzo el aumento tarifario del gas natural, medida cuyo alcance se extiende por tres meses en todo el ámbito provincial.
Con la decisión del tribunal que componen los magistrados Luis Roberto Rueda y Abel Sánchez Torres, los usuarios que ya pagaron podrán solicitar el recálculo del costo del servicio y la devolución de importes, en tanto que quienes reciban facturas con aumento deberán descartarlas hasta tanto les lleguen otras boletas.
El nuevo escenario unifica las situaciones existentes con amparos, incluso contradictorios entre sí, en los juzgados federales de Río Cuarto, Villa María y Córdoba capital, y devuelve el expediente a Bustos Fierro para que avance con el fallo de fondo de la controversia.
A pedido del Gobierno nacional, sin embargo, la Corte Suprema podría eventualmente pronunciarse antes de que concluya el plazo fijado sobre la correspondencia o no del aumento de las tarifas del gas.
La Cámara Federal de Córdoba resolvió en favor de la cautelar patrocinada por el abogado Horacio Viqueira en el caso “Bustos, Rebeca Andrea y otro contra el Estado nacional”, donde están incluidos Ecogas y el Ente Nacional Regulador (Enargas).
Con este pronunciamiento, las tarifas en toda la provincia de Córdoba vuelven a los valores del 31 de marzo pasado, pero los tres meses de plazo (el máximo que permite la ley) se cuentan a partir de ayer, con lo cual, de no mediar la resolución del fondo de la disputa, quedarán incluidos todos los consumos del semestre abrilseptiembre.
“Está demostrado que la refacturación es muy sencilla, no demora más de tres días. El usuario, si ya pagó, debe controlar que le refacturen a esa fecha con la devolución del importe que puede ser en consumo, y quien no recibió la boleta, debe esperarla con el costo anterior del servicio”, explicó anoche una fuente de la Justicia Federal con acceso al expediente.
La distribuidora de gas también quedó impedida de cortar el suministro por causa de falta de pago de las boletas que incluyen los incrementos cuestionados.
Justo antes de que se conociera la resolución, Ecogas había difundido un comunicado para explicar cómo se cobrarían las facturas en dos cuotas. Tras la medida, la empresa no brindó ningún tipo de precisión sobre el modo en que hará efectivo el fallo judicial.
Viqueira, por su parte, consideró que la decisión de la Cámara hace lugar a “garantías constitucionales que han sido tremendamente vulneradas”, dijo. BUENOS AIRES. La decisión de la Sala II de la Cámara Federal de Córdoba de suspender por tres meses la aplicación de los aumentos en las tarifas del gas podría permitirle a la Corte Suprema de Justicia resolver ese caso mediterráneo y evitar un pronunciamiento sobre los per saltum que sobre el tema presentó el Gobierno nacional.
Ese es el motivo por el que la noticia procedente de los tribunales cordobeses tuvo ayer una inicial buena acogida en el cuarto piso del Palacio de Tribunales porteño, donde tienen sus despachos los ahora cuatro ministros y que el viernes pasado habían empezado a interiorizarse en los fundamentos de los per saltum.
Todavía no hay una posición tomada sobre qué camino seguir, lo que podría estar hoy en la agenda de su habitual reunión semanal de los martes. Pero lo cierto es que el fallo de la Cámara cordobesa podría abrir el camino para un recurso extraordinario que después de ascender la escalera judicial terminaría en la Corte en un plazo de alrededor de un mes, estimó ante este diario una fuente del máximo tribunal.
El plazo de un mes no parece ser demasiado laxo para los tiempos de la Corte e incluso para los de la Casa Rosada, toda vez que hasta la semana pasada se evaluaba allí un pronunciamiento más temprano que tarde sobre los per saltum: antes del inicio de las vacaciones de invierno, el 18 de este mes, con sus cuatro miembros (tras la incorporación de Horacio Rosatti); o finalizadas las mismas, el 8 de agosto, a punto de contar también con el quinto ministro, Carlos Rosenkrantz.
Salto no deseado Pero si los pasos judiciales que se abrieron ayer en Córdoba desembocaran en un recurso extraordinario ante la Corte Suprema en alrededor de un mes (llegaría hacia el final de la feria), el máximo tribunal contaría con la ventaja de pronunciarse sobre el tarifazo a partir de ello y no de los per saltum. “Este es un recurso que tiene mala prensa en Argentina”, dijo la fuente.
Es que sería la segunda vez que la Corte se pronunciaría sobre un asunto que le llega vía per saltum desde la reglamentación legislativa de ese instituto jurídico, en noviembre de 2012. Aunque esta vez sobre un tema de muchísima mayor sensibilidad social (el tarifazo) que el primero, cuando a mediados de 2013 declaró inconstitucionales cambios en el Consejo de la Magistratura impulsados por el gobierno de Cristina Fernández como parte de su reforma del Poder Judicial. Fuente:LaVoz
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