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“Nosotros fuimos citados por escrito por el concejo” dijo Marcelo Pellegrino Veterinario local

El médico veterinario en diálogo con Sintonía contó cuál fue el motivo de la presencia de él y sus colegas en el concejo deliberante. 

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“Tanto los colegas como yo planteamos la situación de los riesgos y la solución para terminar con los perros a futuro con perros callejeros que pueden causar problemas tanto mordeduras rotura de bolsas de basuras, etc.” manifestó el profesional. 

Cabe mencionar que fueron cuatro los médicos veterinarios que se hicieron presente en el lugar quienes mostraron buena predisposición para el trabajo en conjunto.



Dicho proyecto de Ordenanza ya fue escrito por la presidencia del concejo junto al ejecutivo y fue entregado a cada uno de los concejales y veterinarios para que lo lean y realizarse corrección en caso de ser necesario.

La castración de los animales funcionaria de la siguiente manera, si son cuatro los veterinarios disponibles para la castración por semana irían rotándose con dos animales cada uno por ejemplo. La cantidad de perros por semana variara dependiendo del dinero que el municipio disponga para abonar a los veterinarios. En un principio serian muchos, se habla de unos 3 mil perros aproximadamente, pero una vez cumplida la meta ya serian muy pocos los que se castrarían en un futuro. 



"Todo perro tiene que estar identificado el colegio te pide o tatuaje en el pabellón auricular un tatuaje alfanumérico o microchips eso es algo muy importante que este identificado es eso nada mas lo que te pide el colegio" dijo Pellegrino. Todavía no se sabe cual será la modalidad empleada pero se supone que se elegiría el tatuaje, ya que el implante de microchip costaría de 12 a 15 dolares cada uno. También el animal deberá estar acompañado de la documentación correspondiente que acredite quien es su dueño el que deberá ademas poner su firma para su compromiso con la sociedad. 

La ordenanza que regularía los canes en Monte Maíz consta de 41 Artículos en los que menciona como se debe tener a un animal y cuales son las consecuencias de no cumplir con dichas responsabilidades. Las multas podrían llegar a costar en una pena máxima de $11 mil aproximadamente. 



Muestra:

Artículo 31º: SE consideran perros potencialmente peligrosos los que presenten al menos una de las características siguientes:

a-      Perros que han tenido episodios de agresividad hacia personas u otros animales.
b-     Perros adiestrados para el ataque y la defensa.
c-      Perros que pertenecen a una de estas razas: bullmastiff, doberman, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasileiro, mastin napolitano, pitbull, presa canario, rottweiler, staffordshire y tosa japonés, o a sus cruzas.

Artículo 32º: Con los perros citados en el artículo 31 inciso “c” se deberán adoptar las siguientes medidas de seguridad:

a-   No podrán ser paseados sin bozal ni correa ni por menores de 16 años.
b- Las instalaciones que los alberguen deberán tener las siguientes características
c-     Paredes y/o cercos suficientemente seguros para que el animal no se escape.
d-    Puertas resistentes y efectivas como el resto y/o con mecanismos de seguridad.-     Recinto convenientemente señalizado advirtiendo la presencia de un perro de este tipo.

Artículo 36º: EL dueño, tenedor o responsable que:

a-   Permita que su mascota deambule suelto por la vía pública o en lugares públicos no permitidos para tal fin, será sancionado con una multa de 10 (diez) a 100 (cien) módulos.
b- Transite con su mascota sin los elementos de sujeción adecuados, correa y bozal si se justificare, o no recogiere los excrementos en la forma adecuada, será sancionado con una multa de 10 (diez) a 100 (cien) módulos.
c-   Maltrate y/o maneje a la mascota en forma irresponsable poniendo en riesgo la salud del animal y la salud y seguridad de las personas, será sancionado con una multa de 20 (veinte) a 500 (quinientos) módulos.

d- No cumpla con la presentación de certificados en tiempo y forma requeridos por la autoridad de aplicación, será sancionado con una multa de 10 (diez) a 100 (cien) módulos.e-  e- A causa del accionar de su mascota se viera involucrado en un episodio de agresión, si se determinara que no hubiera justificativo para ello, será sancionado con una multa de 100 (cien) a 200 (doscientos) módulos.
f-   No cumpla en tiempo y forma con los arreglos solicitados por la Autoridad de Aplicación para impedir que el animal agresivo ingrese a la vía pública, será sancionado con una multa de 10 (diez) a 100 (cien) módulos.
g-   Un módulo es equivalente al valor de 1 (un) litro de nafta Súper.

Reiteramos esto es un fragmento de algunos artículos del proyecto que continuará en tratamiento y correcciones. 







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