-->
no fucking license
Bookmark

Rentas y Afip se suben al “boom” de Netflix: 23% de impuestos


Desde el 1° de mayo la Provincia cargará 2% de Ingresos Brutos. Y Afip suma el IVA a las facturas.




Desde el 1° de mayo, los usuarios de Netflix tendrán que pagar el impuesto provincial a los Ingresos Brutos que recargará un dos por ciento a la factura y todo indica que, al mismo tiempo, la Afip empezará a cargar el 21 por ciento de IVA sobre esos consumos. Quienes escuchan música por Spotify estarán en la misma categoría, al igual que todos los que hagan apuestas en línea o concreten transacciones inmobiliarias a través de la plataforma Airbnb.

Entre ambas cargas tributarias, nacional y provincial, esos servicios se encarecerían 23 por ciento.

En la Provincia planeaban comenzar a aplicar Ingresos Brutos sobre esta categoría en enero pasado. Las dificultades para poner en marcha el esquema de agentes de percepción o retención fueron generando prórrogas y ahora confían en que el debut de Ingresos Brutos sobre este nuevo rubro coincidirá con el momento en que la Afip comience a aplicar el 21 por ciento de IVA sobre esos servicios digitales. Así lo indicó Heber Farfán, secretario de Ingresos Públicos de la Provincia.

Según lo que se lee en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, el Ministerio de Finanzas resolvió que la fecha de entrada en vigencia del cobro de Ingresos Brutos sobre Netflix será el 1° de mayo.
El impuesto fue creado a través de la ley 10.508 y apunta a gravar en el ámbito provincial “la comercialización de servicios de suscripción on line, de entretenimiento audiovisual (películas, series, música, juegos, videos, transmisiones televisivas on line o similares), que se transmita desde internet a televisión, computadoras, dispositivos móviles, consolas conectadas y/o plataformas, por sujetos domiciliados, radicados o constituidos en el exterior, se verifique la utilización o consumo de tales actividades por sujetos radicados en el territorio provincial”.

Idéntico tratamiento fue fijado para la “intermediación en la prestación de servicios y las actividades de juego on line”. En ese caso, la alícuota es del seis por ciento.

Quienes deberán actuar como agentes de retención o percepción son las entidades emisoras de tarjetas de crédito o las encargadas de recaudaciones, como compañías de telefonía fija o móvil, prestadoras de internet, monederos electrónicos y todas otras entidades que canalicen las referidas apuestas.

De las series a los servicios de Uber

La Provincia gravará también las apuestas en línea.

Las previsiones recaudatorias de la Provincia incluyen a los usuarios de Netflix, Spotify, plataformas de transacciones como Airbnb y apuestas en línea. Pero se extienden también hasta a Uber, pese a que ese servicio no está autorizado en ningún municipio de Córdoba. La inclusión de Uber responde a que se trata de una plataforma de contratación de transporte.

Ingresos Brutos no se rinde

Pese a que la reducción del impuesto a los Ingresos Brutos que perciben las provincias es uno de los objetivos principales del Consenso Fiscal firmado a fines del año pasado entre la Nación y los gobernadores, en 2108 12 provincias subieron este impuesto al comercio. Son Salta, Misiones, Tucumán, Río Negro, Neuquén, Tierra del Fuego, La Pampa, CABA, Santa Fe, Entre Ríos, Jujuy y La Rioja.

Córdoba se encuentra entre las provincias que no aumentó Ingresos Brutos y que en algunos casos redujo las alícuotas, además de eliminar el tributo en dos casos: los créditos hipotecarios y los contribuyentes de extraña jurisdicción.

El caso de la comercialización de servicios de suscripción en línea escapa por completo a esa tendencia, aunque desde la Provincia se escudan en la medida en idéntico sentido que adoptó la Afip al establecer la aplicación de IVA sobre esos servicios. De hecho, confían en iniciar el cobro junto al ente recaudador nacional.








Publicar un comentario

Publicar un comentario

Para comentar anónimamente debe seleccionar en la pestaña (Anónimo) ubicada al lado de "Comentar como:" Muchas Gracias!