El proyecto fue elevado al concejo el pasado miércoles, fue aprobado esa misma noche por todos los ediles presentes. El costo supera los $8000 por metro lineal.
Tomando como ejemplo un inmueble de 10 metros de frente, en calle Neuquén debería pagar un monto total de $89.100. Quienes no puedan hacer frente al costo absorberá ese gasto la municipalidad y luego deberán abonar hasta en 48 cuotas como máximo que rondarán los $1856.
ORDENANZA APROBADA
VISTO:
El proyecto de Pavimento de Hormigón Armado en calles:
a) Neuquèn entre 9 de Julio y Entre Ríos.
b) Entre Ríos entrę Corrientes Y Formosa.
Y CONSIDERANDO:
Que por iniciativa conjunta de los vecinos frentistas de las calles Neuquén (entre 9 de Julio y Entre Ríos) y Entre Ríos (entre Corrientes y Formosa); y la Municipalidad de Monte Maíz se decide la ejecución de la obra de pavimentación de las calle mencionadas, según memoria descriptiva que como Anexo I forma parte del presente.
Que los vecinos titulares de los inmuebles con frente a la Obra solventarán el costo del hormigón y el hierro, contratando directamente coon la firma proveedora.-
Que la Municipalidad de Monte Maíz compactará la calle y aportará la mano de obra y dirección técnica de la obra.
Que la Municipalidad asumirá el costo de los materiales de los contribuyentes frentistas que no lo adquirieron directamente al proveedor, por lo que resulta necesario producir el recupero de ese gasto, siendo indispensable crear la contribución por mejoras sobre el inmueble por ese monto.-
Que por el presente Proyecto se le genera una contribución por mejoras a todos los propietarios frentistas, no obstante, aquellos que pagaron el material de la obra directamente al proveedor, al presentar en la Municipalidad la factura correspondiente, se le cancelará la deuda, debiendo donar sin cargo su parte proporcional de la obra al estado municipal.
Ya se realizaron otras obras con el mismo sistema.
Que con estas iniciativas, se da respuesta a una necesidad concreta como es la ejecución de la presente Obra.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTE MAÍZ SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo 1: DECLÁRASE de interés y utilidad pública la ejecución de las obras de Pavimento de Hormigón en calles: a Neuquèn entre 9 de Julio y Entre Ríos. b) Entre Rios entre Corrientes y Formosa. y obligatorio el pago de la contribución por mejoras que resulte para los frentistas que no adquieran por cuenta propia el material de la obra.-----.
Articulo 2: FíjASE a la Obra de la calle Neuquèn entre 9 de Julio y. Entre Ríos un costo de $ 8.912,00 (pesos ocho mil novecientos doce) por metro lineal de frente y a la Obra de la calle Entre Ríos entre Corrientes y Formosa un costo de $ 8.299,00 (pesos ocho mil doscientos noventa y nueve) por metro lineal de frente.--- ----
Artículo 3; LOS vecinos alcanzados por la presente Ordenanza, quedan obligados a pagar una cuota mensual, estableciéndose en cuarenta y ocho ( 48) el número máximo de cuotas en que el frentista podrá optar para pagar el monto exigido por la obra.----.
Artículo 4 LAS cuotas deberán ser pagadas en término y para los casos que así no lo fueran, serán recargadas con un interés punitorio del 1 % mensual.----. .
Artículo 5; LAS cuotas mensuales se deberán abonar dentro de los diez primeros días de cada mes.-- Articulo 6':_ LA notificación de los Certificados de Deuda por Contribución por Mejoras, tendrá lug de la siguiente manera:--- a) Haciendo entrega al propietario, de un ejemplar del certificado, con ---- constancia de su recepción bajo firma.----- b) Si el propietario no quisiera firmar la constancia de recepción del ------- certificado, se le notificará mediante Carta Documento, valiendo como fecha de notificación, aquella que fuera fijada por la Oficina de Correos para la entrega de la pieza postal.-- Articulo 7; LOS frentistas obligados, dentro de los 10 días corridos a contar desde la fecha de notificación del Certificado de Deuda, deberán manifestar por escrito cantidad de cuotas en que pagarán la Contribución por Mejoras Si al vencimiento de dicho término no hubiere comunicado expresamente la forma de pago, quedarán automáticamente incorporados al| plan de 48 cuotas.---
Artículo 8: CUANDO se realice la subdivisión de un inmueble, el propietario podrá requerir el prorrateo de la deuda.----- -----
Artículo 9: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo a celebrar acuerdos individuales de aporte sin cargo del material para la obra al estado municipal, con los frentistas que contrataron por cuenta propia la adquisición del mismo.---
Articulo 10: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al registro municipal y archívese.---
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