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La pavimentación a Colonia Barge, tiene un plazo de 240 días de obra



Se prevé que la traza del asfaltado que une a Monte Maíz con la Colonia, esté finalizada para Agosto de 2022, según lo publicado en el boletín oficial de la provincia.


El ministerio de obras públicas de la provincia, por medio de la resolución N°344, establece en 240 días el plan de obra para realizar el asfaltado en el camino que une los departamentos Unión y Marcos Juárez.

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Resolución N° 344

Córdoba, 01 de octubre de 2021.

Expediente Nº 0045-023064/2021.-

VISTO: este expediente por el cual la Directora General de Coordinación de Obras Públicas, como Coordinadora de la “Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único”, propicia la contratación de dicho Consorcio a los fines de la ejecución de la obra: “PAVIMENTACIÓN CAMINOS SECUNDARIOS Y TERCIARIOS S-331, T-123- 04, T-123-23 – LONGITUD: 5,65 Km – TRAMO: MONTE MAIZ – COLONIA BARGE - DEPARTAMENTOS: UNIÓN – MARCOS JUÁREZ”, por la suma de $ 198.987.697,86.


Y CONSIDERANDO:

Que consta providencia del señor Presidente del Consorcio Caminero Único instando la contratación de la obra de que se trata, atento que, “…La problemática en este camino es la accesibilidad de los propietarios frentistas a este camino y los pobladores de Colonia Barge. En épocas de precipitaciones se generan anegamientos y cortes temporales, y por consiguiente se debilita la estructura del camino, impidiendo la circulación para la extracción de la producción…”, según surge de constancias de autos (punto I.2.2. del capítulo I del Legajo Único para Contratación). Que la Jefatura del Departamento I de Conservación de Pavimentos de la Dirección acompaña documentación técnica compuesta por: Legajo Único para Contratación, Objeto y Objeto Detallado, Encuadre Legal y Condiciones de Contratación (MOP) – (CCU), Computo Métrico, Planos, Anexo I Aspectos Ambientales, Pliego Particular de Condiciones y Especificaciones Técnicas, Régimen de Redeterminación de Precios, y Presupuesto Oficial, constando además Curva de Inversión y Plan de Avance para la ejecución de la obra de referencia. Asimismo, interviene el Departamento Gestión Económica de Obras informando que “…en virtud de una revisión técnica del proyecto…”, “…se procedió a modificar el plazo de obra y el presupuesto oficial…”.

Qué, asimismo, consta en autos Presupuesto, Análisis de Precios Unitarios y Plan de Avance para la ejecución de la obra de referencia, suscriptos por el Presidente del Consorcio Caminero Único, por un total de $ 198.987.697,86 con IVA incluido, que “corresponde a valores de mercado según actividades de cotización que realizara oportunamente este Consorcio Caminero Único a precios de AGOSTO de 2021”.

Que obran en autos conformidades de los beneficiarios, como también la Resolución Nº 305/2021 de este Ministerio por la cual se dispone la apertura del Registro de Opositores en los términos del artículo 3º de la Ley Nº 10.546 y artículo 14 del Anexo Único al Decreto Reglamentario Nº 1.053/2018, constando la correspondiente publicación en el Boletín Oficial.


Que la Directora General de Coordinación de Obras Públicas, como Coordinadora de la “Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único”, expresa que “ningún contribuyente manifestó su oposición a la ejecución de la obra de referencia, concluyendo una oposición de 0%”, razón por la cual insta la prosecución del trámite de que se trata.

Que asimismo, surge de lo informado en autos que el valor total de la contribución por mejoras asciende a la suma de $ 99.493.848,93 (correspondiente al 50% del valor de la obra), dicho monto deberá ser pagado en cinco (5) cuotas anuales una vez terminada la obra, la cual se estima para agosto de 2022, indicándose que para la financiación mencionada se tendrá en cuenta la evolución del índice del costo de la construcción (ICC-Cba), publicado por la Dirección de Estadísticas y Censos de Córdoba y que “El aporte restante del valor total de la obra estará a cargo de la Provincia.”


Que consta conformidad del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA) para abonar los fondos correspondientes.

Que la Dirección General de Administración de este Ministerio acompaña Documento Contable – Nota de Pedido Nº 2021/000455, que certifica la reserva presupuestaria para hacer frente a la erogación que la gestión implica. Que obra Dictamen Nº 397/2021 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que lo propiciado en autos encuentra su fundamento en las previsiones del artículo 7º del Anexo I a la Resolución Nº 100/2019, artículo 7º - inciso b) – punto 4) de la Ley Nº 8.614, modificada por Ley Nº 10.417, artículo 2º de la Ley Nº 10.546, artículo 2º de la Ley Nº 6.233 y Ley Nº 10.220.

Que dicha asesoría manifiesta también que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 10.546, Decreto Nº 1.053/2018, Ley Nº 10.622, Resoluciones Ministeriales Nros. 250/2018 y 100/2019 y competencias específicas de la Unidad (artículo 4º – inc. h) de la citada Resolución Nº 250/2018) y entendiendo que la Unidad Ejecutora dentro de su competencia específica se ha expedido en relación a la documental técnica obrante en autos y la conveniencia de contratación del Consorcio Caminero Único (artículo 4º - incisos c) y o) de la mencionada Resolución), considera que puede contratar en forma directa con el Consorcio Caminero Único en los términos propiciados. Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N° 397/2021 y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con el CONSORCIO CAMINERO ÚNICO la realización de la obra: “PAVIMENTACIÓN CAMINOS SECUNDARIOS Y TERCIARIOS S-331, T-123-04, T-123-23 – LONGITUD: 5,65 Km – TRAMO: MONTE MAÍZ – COLONIA BARGE - DEPARTAMENTOS: UNIÓN – MARCOS JUÁREZ”, por la suma de Pesos Ciento Noventa y Ocho Millones Novecientos Ochenta y Siete Mil Seiscientos Noventa y Siete con Ochenta y Seis Centavos ($ 198.987.697,86), a valores del mes de agosto de 2021, con un plazo de ejecución de obra de doscientos cuarenta (240) días contados a partir de la fecha de suscripción del Acta de Replanteo.

Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos Ciento Noventa y Ocho Millones Novecientos Ochenta y Siete Mil Seiscientos Noventa y Siete con Ochenta y Seis Centavos ($ 198.987.697,86), conforme lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio en su Documento de Contabilidad – Nota de Pedido Nº 2021/000455, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 511-000, Partida 12.06.00.00, Obras Ejecución por Terceros del P.V. la suma de …....$53.900.000,00 Ejercicio Futuro 2022 ……..$145.087.697,86

Artículo 3°.- PROTOCOLICESE, dése intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, tome conocimiento la Dirección General de Rentas, pase a la Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos y archívese.

FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS






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