El poder legislativo autorizó por unanimidad tomar préstamo del fondo permanente $550 mil a pagar en tres años.
La autorización fue aprobada por el concejo deliberante en la última sesión extraordinaria, esta previsto que se le pueda pagar a proveedores.
De nuestra mayor consideración:
Nos dirigimos a Ud., y por su digno intermedio a los demás Sres. Concejales, a fin de solicitar la autorización para gestionar y tomar el FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, correspondiente a la cuota 44.
La provincia, a través del PROGRAMA FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, otorga créditos a Municipios y Comunas, quienes amortizan el mismo mediante cuotas mensuales, que son descontadas de las sumas que reciben los gobiernos locales en concepto de coparticipación.
Los fondos que recibirá la Municipalidad de Monte Maíz bajo esta operatoria, de aprobarse este Proyecto, serán destinados al pago de proveedores que se acompaña como Anexo I.
A fin de poder acceder al programa referenciado, es necesario sancionar la presente Ordenanza.
Sin otro particular, y aguardando el acompañamiento del presente proyecto saludamos al Honorable Cuerpo muy atentamente.
PROYECTO DE ORDENANZA FACULTAR AL DEM A GESTIONAR Y TOMAR UN PRÉSTAMO DEL FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTE MAÍZ SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1; APRUÉBASE el Proyecto "PAGO A PROVEEDORES" que se incorpora como ANEXO I de esta Ordenanza.----
ARTÍCULO 2: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione y tome del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, un préstamo de hasta pesos quinientos cincuenta mil ($ 550.000) con destino a pago a proveedores que se aprueba por el Artículo 1°.---
ARTÍCULO 3° FACULTASE al Departamento Ejecutivo para que, en pago del crédito, ceda al Fondo Permanente, de la coparticipación que mensualmente corresponda al Municipio en los impuestos provinciales, hasta la suma de pesos quince mil doscientos setenta y siete con setenta y siete centavos ($ 15.277,77) mensuales, durante el término máximo de treinta y seis meses (36) meses.-
ARTÍCULO 4; EI Departamento Ejecutivo deberá notificar formalmente a la Provincia de la cesión de la coparticipación, anoticiados de que, en mérito a tal cesión, deberá mensualmente pagarse la suma cedida directamente al Fondo Permanente.--
ARTÍCULO 5 ; FACŪLTASE al Departamento Ejecutivo para que garantice la existencia y cobrabilidad del crédito tomado, con los recursos del Municipio provenientes de otras fuentes que no sean la coparticipación en los impuestos provinciales.--
ARTÍCULO 6: El Departamento Ejecutivo informará al Concejo Deliberante y al FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, antes del día diez de cada mes, el estado de ejecución del proyecto aprobado en el artículo 1° y al mismo tiempo y ante los mismos organismos, rendirá cuenta documentada de la utilización de los fondos tomados.--
ARTÍCULO 7: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE FECHA VEINTIDÓS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-- PROMULGADA MEDIANTE DECRETO N° ---/2021 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL DE FECHA 23/12/2021.
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