El proyecto lo lleva adelante la Cooperativa Escolar, tiene el objetivo de recolectar la mayor cantidad de plásticos.
Este jueves 12 de mayo, en la instalación de la Escuela Luis de Tejeda, lugar donde funciona la escuela de adultos C.E.N.M.A. n°196, alumnos de 3° año, siendo miembros activos del consejo de administración de la Cooperativa Escolar “ADUL REC-Ltda.”, presentaron el proyecto “Botellas de Amor”, el objetivo es el reciclado del plástico de un solo uso, consiste en llenar una botella plástica con residuos plásticos de difícil reciclaje.
La presentación del proyecto fue realizada por las alumnas Sabrina Orellano, Ethel Romero y Yeila Bianco, la proyección de filminas estuvo a cargo de Agustín Vilches, acompañados por las profesoras Nancy Audisio y María José Pablo.
Estuvieron presentes concejales del Partido Justicialista, Maria Luisa Mottura Presidente, Ana Paula Menna y Paulo Arce, como parte de Cultura Municipal acompañó Esteban Sanchez.
La escuela firmó el convenio con el municipio, el objeto es llevar a cabo la colocación de contenedores en distintos sectores de la localidad y comenzar con una campaña de concientización. Se espera que el proyecto pase por el concejo deliberante.
El acuerdo establecido es el siguiente:
CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE FUNDACIÓN PROPÓSITO REGENERAR Y MUNICIPALIDAD DE MONTE MAÍZ
Entre la Municipalidad de Monte Maíz, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal, Dr. Luis María Trotte, DNI 6.562.502 y el Sr. Secretario de Gobierno y Relaciones Institucionales, Prof. Ignacio Alberto Silva, DNI, 21.403.675, constituyendo domicilio en la sede de la Municipalidad, sita en calle Jujuy N O 1335 de la Localidad de Monte Maíz, Provincia de Córdoba, en adelante "EL MUNICIPIO", por una parte; y por la otra la FUNDACIÓN PROPÓSITO REGENERAR, representada por su Director, Nicolás Baca Castex, DNI 33.795.172, con domicilio en la calle Pelliza 4685, de la localidad de Munro, en adelante "LA FUNDACIÓN", ambas "LAS PARTES", manifiestan:
Que las partes se encuentran interesadas en impulsar la implementación de acciones encaminadas a fomentar el programa "Botella de amo/' en la Localidad de Monte Maíz, con el objetivo de impulsar la sustentabilidad, en miras de preservar el cuidado del ambiente, mejorar el bienestar de la comunidad y promover la economía circular.
Que "Botella de amor" es un proyecto sin fines de lucro, formado por personas apasionadas por el cuidado de nuestra "casa común", que tiene como objetivo brindar una alternativa a los plásticos de un solo uso o de difícil reciclaje en Argentina, mediante una estrategia innovadora que consiste en llenar botellas con los residuos plásticos de difícil reciclaje que se generan a diario por el consumo masivo, entre ellos: bolsas de polietileno, paquetes de fideos, galletitas, snacks, envoltorios de golosinas, mezcladores de café, sachets de leche, etc. La recuperación y reciclado estos plásticos, evita que terminen dispersos o en cursos de agua poniendo en riesgo la biodiversidad o formando parte de la basura que se dispone en rellenos sanitarios tomando hasta 500 años en degradarse.
Así mismo el programa contribuye a la lucha frente al Cambio Climático reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas al consumo de materias primas vírgenes, se genera empleo verde aportar material a la industria del reciclado y se brinda una solución a residuos que normalmente no tienen alternativas de reciclaje en nuestro país.
Que forma parte de los propósitos del MUNICIPIO, la promoción del cuidado del ambiente y bienestar de la comunidad, la implementación de políticas públicas que contribuyan a la sustentabilidad urbana, entre ellas la planificación e implementación de una Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, fomentando la separación de residuos en origen, la valoración de los mismos, la minimización de los impactos negativos que puedan generar los residuos, y la concientización y educación ambiental de la comunidad.
Que son los propósitos de la Fundación Propósito Regenerar la capacitación y educación de los ciudadanos sobre la clasificación selectiva de residuos, de los tiempos de degradación y de los métodos de reducción de los mismos, así como su concientización sobre el cuidado del medio ambiente y la limpieza del espacio público. Así como, contribuir a la protección del ambiente, alentando los hábitos adecuados y las buenas prácticas ambientales para su defensa.
En consecuencia y a tal efecto convienen en celebrar el presente Convenio de Cooperación que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Objeto. LA MUNICIPALIDAD DE MONTE MAÍZ, en adelante EL MUNICIPO, y la Fundación Propósito Regenerar, en adelante LA FUNDACIÓN, acuerdan implementar el programa "Botella de Amor" orientado a la concientización en la reducción de generación de plásticos de un solo uso o de difícil reciclaje, su impacto ambiental, su recolección diferenciada y la promoción de la economía circular para para su reciclado.
SEGUNDA: El Programa "Botella de Amor" consiste en la disposición y recolección diferenciada de botellas plásticas rellenadas con plásticos de un solo uso o de difícil reciclado, las cuales luego son procesadas para su transformación en madera plástica.
Para ello, EL MUNICIPO implementará uno o más puntos de recepción de las Botellas de Amor, a fin de que los vecinos puedan disponerlas, y recolectará las mismas de forma diferenciada para su acopio transitorio. Así mismo, una vez alcanzado un volumen apropiado, EL MUNICIPO trasladará por cuenta propia el material acopiado hasta el Centro de Disposición que sea indicado por LA FUNDACIÓN. Por su parte LA FUNDACIÓN será responsable del tratamiento y reciclado del material trasladado.
TERCERA: Ambas partes acuerdan, mediante el uso de redes sociales y otros medios de comunicación o piezas publicitarias, dar difusión del programa en toda la Localidad de Monte Maíz, y realizar actividades conjuntas de concientización sobre la problemática del uso de plásticos desechables y la correcta disposición para su tratamiento y aprovechamiento. Para ello, LA FUNDACIÓN cede a EL MUNICIPO el uso del nombre, logo e imágenes del Programa "Botella de Amor", a los fines de elaborar piezas audiovisuales o de comunicación adaptada a la estética de diseño municipal. Así mismo, todas las comunicaciones oficiales de ambas partes, vinculadas al Programa, deberán dar cuenta del trabajo de colaboración mutua, mientras que las piezas de comunicación que se diseñen deberán contar con los logos institucionales de ambas partes. La FUNDACIÓN deberá ser informada al correo electrónico contacto@regenerar.org.ar de las piezas donde se incorporará su logo, no implicando ello que para su difusión deben esperar ninguna aprobación, sino al solo efecto informativo
CUARTA: Con los objetivos de ayudar al desarrollo y crecimiento de la madera plástica confeccionada a partir de las botellas de amor, fomentar la generación de empleo verde y de asegurar el cierre de ciclo de los plásticos de difícil reciclaje en nuestro país, el MUNICIPO se compromete a analizar la cartera de productos de 4e madera plástica con la posibilidad de adquirirlos para la ciudad, estos incluyen: cestos para la vía pública, puntos verdes de reciclaje, juegos de plaza, bancos, mesas, huerteras, composteras, decks, tablas de madera, entre otros.
QUINTA: VIGENCIA. El presente CONVENIO entrará en vigencia a partir de su firma y tendrá una duración de DOS (2) años, pudiendo renovarse automáticamente, si ninguna de las partes denuncia por escrito su voluntad de finalizarlo, con una anticipación de SESENTA (60) DÍAS a la expiración del plazo.
SEXTA: RESCISIÓN. Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente CONVENIO unilateralmente, debiendo notificar a la otra con una antelación no menor a SESENTA (60) DÍAS corridos. La rescisión no generará derecho a reclamar indemnización ni compensación alguna. En esta instancia quedarán rescindidas todas las actividades que a ese momento no se hayan iniciado, quedando "LAS PARTES" obligadas a concluir todas aquellas actividades que se encuentren en curso, quedando luego liberadas de toda obligación.
SEPTIMA: Personal. El personal interviniente para el cumplimiento de los fines y objetivos del presente acuerdo dependerá laboralmente de la institución que los haya designado. Cada una de las partes deberá hacerse cargo de cualquier reclamo que le corresponda derivado de la relación de trabajo con sus dependientes, sea laboral, previsional, civil, penal o emergentes de daños que éstos puedan ocasionar a los bienes de las partes o terceros, con motivo de su desempeño o como consecuencia de él.
OCTAVA: Buena fe y cordialidad. Las partes observarán en sus relaciones el mayor espíritu de colaboración, y las mismas se basarán en los principios de buena fe y cordialidad, en atención a los altos fines perseguidos en común con la celebración del presente convenio.
Asimismo, se comprometen a resolver en forma directa y amistosa entre ellas, y por las instancias jerárquicas que correspondan, los desacuerdos y discrepancias que pudieran originarse en el planteamiento y ejecución de las actividades. En caso de discrepancias insalvables y/o en caso de fracasar las instancias de consenso, las Partes resolverán de buena fe o con la recisión del convenio. En prueba de conformidad, previa su lectura y su ratificación, los representantes de ambas Instituciones, firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los 2 días del mes de marzo del año 2022.-
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