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Concejales oficialistas aprueban incremento salarial: el Ejecutivo percibirá $24 millones por mes

En solo 10 cargos, se erogaran más de $24 millones de pesos mensuales. Los empleados de planta permanente de la categoría 1 recibirán un salario de $870 mil, mientras que los de la categoría 24 llegarán a $1.288.627.


Este jueves 29 de agosto, se llevó a cabo una sesión ordinaria del Concejo Deliberante con un único punto en la agenda: la aprobación del incremento salarial. Según lo expresado por el Ejecutivo, se trata de un aumento del 18% remunerativo sobre los sueldos correspondientes al mes de julio de 2024, con vigencia a partir de agosto. Este acuerdo fue alcanzado entre el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) y el Sindicato de Empleados y Trabajadores Municipales del Sudeste y zona de la provincia de Córdoba el pasado 13 de agosto.


El acta de acuerdo fue firmada en representación de la municipalidad por Pedro Seguí, director de Recursos Humanos, y Vanessa Pascual, secretaria de Hacienda y Finanzas. En representación del sindicato, suscribieron Gustavo Luna, delegado local, y Dante Ibalo, secretario adjunto.


Los concejales de la oposición manifestaron su rotundo rechazo al proyecto, argumentando que no pueden apoyar una propuesta que mantiene al Ejecutivo con cifras tan elevadas y con personal que, a su entender, no está preparado ni capacitado para gestionar dichos recursos. Por este motivo, votaron en contra de la medida.


Desde el oficialismo, en cambio, defendieron enfáticamente el incremento salarial, lo que les permitió, gracias a su mayoría, aprobar la medida.

Cabe mencionar que en los montos totales están basado en el 18% del incremento remunerativo, pero no esta sumado el 2% No Remunerativo y otros pagos extras que se realizan. 


20$ 1.146,160.68
19$ 1.122,819.23
18$ 1.037,177.15
17$ 1.026,974.32
16$ 1.019,326.65
15$1.002,090.26
14$ 994,574.41
13$ 987,070.38
12$ 979,561-83
11$ 958,366.51
10$ 928,334.27
9$ 921,06448
8$ 911,666.83
7$ 901,861.30
6$ 892,239.06
5$ 885,031-59
4$ 880,220-68
3$ 877,825.81
2$ 872,963.17
1$ 870,611.14


Ejecutivo Municipal



CARGOCOEFICIENTESUELDO HASTA JULIOINCREMENTOMENSUAL BRUTO A COBRAR
Intendente4,9$3.388.812,00$609.986,16$3.998.798,16
Sec. Gobierno y Rel. Inst.3,6$2.489.739,00$448.153,02$2.937.892,02
Sec. Haciendas y Finanzas3,6$2.489.739,00$448.153,02$2.937.892,02
Secretario de Obras Publicas3,6$2.489.739,00$448.153,02$2.937.892,02
Dir. Protección Ciudadana2,9$2.005.623,00$361.012,14$2.366.635,14
Director Gral. Limpieza Urbana y Esp. Verdes2,4$1.659.826,00$298.768,68$1.958.594,68
Dir. Gral. Desarrollo Social2,2$1.521.507,00$273.871,26$1.795.378,26
Dir. Bromatología2,2$1.521.507,00$273.871,26$1.795.378,26
Dir. Recursos Humanos2,2$1.521.507,00$273.871,26$1.795.378,26
Capataz General Servicios Publicos2,2$1.521.507,00$273.871,26$1.795.378,26
TOTALTOTALTOTAL
$20.609.506,00$3.709.711,08$24.319.217,08


ORDENANZA

ARTÍCULO 1: Otórgase un incremento del dieciocho por ciento (18%) a partir del 1° de agosto de 2024 sobre los sueldos básicos vigentes del mes de julio de 2024. El aumento se otorga para el personal dependiente de esta Municipalidad en sus categorías Permanente, Contratado, de Gabinete, incluidas Autoridades Superiores.

CATEGORÍAS:

  • 23: $ 1.288.627,80
  • 22: $ 1.244.582,71
  • 21: $ 1.205.778,01
  • 20: $ 1.169.464,88
  • 19: $ 1.146.160,68
  • 18: $ 1.122.819,23
  • 17: $ 1.037.177,15
  • 16: $ 1.026.974,52
  • 15: $ 1.019.326,65
  • 14: $ 1.002.090,26
  • 13: $ 994.574,41
  • 12: $ 987.070,38
  • 11: $ 979.561


    ACTA ACUERDO

    En la localidad de Monte Maíz, a los 13 días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro, se reúnen, por una parte, la Municipalidad de Monte Maíz, representada en este acto por la Secretaria de Hacienda y Finanzas, Contadora Vanesa Lorena Pascual, y el Director de Recursos Humanos, Sr. Pedro Seguí; y por la otra parte, el Sindicato de Empleados y Trabajadores Municipales del Sudeste y Zona de la Provincia de Córdoba, representado por el Sr. Dante Ismael Ibalo y el Sr. Gustavo Luna. Las partes formulan la presente Acta Acuerdo:

    PRIMERO: Se otorga un VEINTE por ciento (20%) de aumento para los meses de julio y agosto, discriminado de la siguiente manera:
    a) DIECIOCHO por ciento (18%) remunerativo, debiendo calcularse sobre la escala de julio de 2024.
    b) DOS por ciento (2%) de incremento salarial no remunerativo, debiendo calcularse sobre la escala de julio de 2024.

    SEGUNDO: Las partes acuerdan reunirse nuevamente en el mes de septiembre de 2024.

    TERCERO: En prueba de conformidad con lo precedentemente expresado, se firman dos ejemplares de idéntico tenor y efecto en el lugar y fecha arriba indicados.


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