Monte Maíz se une a la Federación Argentina de Municipios para fortalecer su autonomía y cooperación intermunicipal. La misma es presidida por el Intendente Espinoza de La Matanza.
En la sesión ordinaria del jueves 19 de septiembre de 2024, el Honorable Concejo Deliberante de Monte Maíz aprobó por unanimidad el proyecto de ordenanza que autoriza la incorporación de la localidad a la Federación Argentina de Municipios (F.A.M.). La reunión se llevó a cabo a las 20:00 horas, con la ausencia de dos ediles uno por el oficialismo y otro por la oposición.
La propuesta, presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal, encabezado por el Intendente Luis María Trotte, busca fortalecer la autonomía y representación del municipio en el ámbito nacional, señala la fundamentación. A través de la adhesión a la F.A.M., Monte Maíz formará parte de una red de más de 500 municipios en todo el país, lo que permitirá acceder a distintos mecanismos de asistencia técnica, colaboración institucional y defensa de los intereses municipales.
La Federación Argentina de Municipios, instituida por la Ley Nacional N° 24.807, se constituye como un ente público no estatal que agrupa gobiernos locales de diversas ciudades de Argentina.
El Concejo Deliberante también autorizó al Departamento Ejecutivo a realizar el aporte económico ordinario que determina la F.A.M. según la categoría correspondiente a Monte Maíz, la cual se basa en su base poblacional. De acuerdo con la escala vigente para el segundo semestre de 2024, los municipios con una población entre 5.001 y 25.000 habitantes, como es el caso de Monte Maíz, deberán abonar una cuota semestral de $1.490.000.
Los concejales del oficialismo señalaron que a traves de este movimiento se busca presionar al gobierno nacional a bajar obras y fondos a los municipios.
El presidente de la federación, es el Intendente de La Matanza de Buenos Aires Fernando Espinoza, procesado por abuso sexual y desobediencia de una orden judicial.
Municipios que integran a Federación según la web oficial
TRANSCRIPCIÓN DE LA ORDENANZA APROBADA
ORDENANZA
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTE MAÍZ
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las actuaciones conducentes a la incorporación de la Municipalidad de Monte Maíz a la Federación Argentina de Municipios, en los términos del Artículo 4° de la Ley Nacional N° 24.807.
ARTÍCULO 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar el aporte ordinario que determine la Federación Argentina de Municipios para la categoría correspondiente, según el Anexo I de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
ANEXO I
Federación Argentina de Municipios (F.A.M.)
categorías y Cuotas Semestrales Vigentes para el 2° semestre de 2024
Categoría | Cuota Semestral |
---|---|
Hasta 5.000 habitantes | $ 962.000,00 |
De 5.001 a 25.000 habitantes | $ 1.490.000,00 |
De 25.001 a 50.000 habitantes | $ 2.235.000,00 |
De 50.001 a 100.000 habitantes | $ 3.600.000,00 |
De 100.001 a 300.000 habitantes | $ 5.450.000,00 |
De 300.001 a 500.000 habitantes | $ 7.030.000,00 |
Más de 500.000 habitantes | $ 12.850.000,00 |
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